De conformidad con lo establecido en el artículo 40 del RDL 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, por la presente se convoca Asamblea General Ordinaria para el martes 09 de Junio de 2020 a las 19:30 horas en primera convocatoria y a las 20:00 horas en segunda y última, por el sistema de videoconferencia, para tratar el siguiente orden del día:

  1. Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión anterior.
  2. Examen y aprobación, si procede, de las Cuentas del ejercicio contable 2019.
  3. Examen y aprobación, si procede, de los Presupuestos para el ejercicio 2020.
  4. Examen de la memoria de actividades y aprobación, si procede, de la gestión de la Junta Directiva.
  5. Ruegos y preguntas.

A continuación, conforme al artículo 19 de nuestros Estatutos Sociales, se convoca Asamblea General Extraordinaria para tratar los siguientes puntos:

1. Modificación del artículo 15 de los vigentes Estatutos de la Asociación para posibilitar que tanto la convocatoria como la celebración de las Asambleas Generales puedan efectuarse por medios electrónicos, informáticos, telefónicos o telemáticos, de manera que al primer párrafo se añadirá in fine: “…o cualquier otro medio electrónico, telefónico o telemático que permita dejar constancia de su recepción”.

Al tercer párrafo de dicho artículo se añadirá in fine “. Podrán celebrarse a distancia por medios electrónicos, telefónicos y/o telemáticos”, quedando del siguiente modo:

Artículo 15°. Requisitos de constitución de la Asamblea

Las Asambleas Generales de la Asociación tanto ordinarias como extraordinarias, se convocarán con quince días de antelación por el Presidente u otro miembro de la Junta Directiva designado a tal efecto, mediante carta dirigida a los socios ordinarios y colaboradores o cualquier otro medio electrónico, telefónico o telemático que permita dejar constancia de su recepción.

 La Convocatoria expresará el lugar, día y hora de la reunión así como los asuntos a tratar, y la fecha en que se reunirá en segunda convocatoria.

La Asamblea General ordinaria o extraordinaria quedará válidamente constituida en primera convocatoria cuando concurran a ella presentes o representantes la mitad más uno de los socios ordinarios; en Segunda, que se realizará con un intervalo de ½ hora, con la asistencia de los socios presentes. Podrán celebrarse a distancia por medios electrónicos, telefónicos y/o telemáticos.

2. Modificación del artículo 18 in fine de los vigentes Estatutos a fin de subsanar un error detectado al aludir al artículo 11 apartado b) en lugar de remitir al artículo 10 aptdo. b) que es lo correcto, en relación al derecho al voto de los socios ordinarios, de manera que donde dice:

“Los acuerdos se adoptarán por simple mayoría de votos emitidos por los socios que tengan reconocido este derecho según el artículo 11 aptdo. b)”

Deberá decir:

“Los acuerdos se adoptarán por simple mayoría de votos emitidos por los socios que tengan reconocido este derecho según el artículo 10 aptdo. b)

3. Modificación del apartado a) del artículo 26 de los vigentes Estatutos de la Asociación para que, entre las facultades que ostente la Presidencia de la Asociación, se manifieste expresamente la de “celebrar convenios y contratos con otras organizaciones e instituciones públicas y privadas”, de manera que donde dice:

“a) Ostentar la representación legal de la Asociación en todos sus actos.”

Deberá decir:

“a) Ostentar la representación legal de la Asociación en todos sus actos y, de modo expreso, para la celebración de convenios y contratos con otras organizaciones e instituciones públicas y privadas.

4. Modificación del art. 31. De los vigentes Estatutos, refiriéndose en extracto a la ampliación del plazo para la convocatoria de la Asamblea General Ordinaria. En concreto, donde dije:

“… En el primer trimestre del  siguiente año natural deberá ser convocada necesariamente Asamblea General para el examen y aprobación de las cuentas de la Asociación”

Deberá decir:

“…En el primer semestre del  siguiente año natural deberá ser convocada necesariamente Asamblea General para el examen y aprobación de las cuentas de la Asociación”

Aprovecho la ocasión para agradecer tu confianza, gracias a tu apoyo podemos continuar defendiendo los intereses de los afectados directa o indirectamente por las Cardiopatías Congénitas e intentando contribuir a su total inserción en la sociedad.

La Asamblea se realizará mediante la aplicación de videoconferencia zoom con el acceso que se enviará por email y/o whatsApp.

Para cualquier duda o consulta pueden dirigirse al teléfono 954 65 54 84 de la Asociación de lunes a viernes de 09,00  a 14,00 horas.

Sin otro particular recibe un cordial saludo

La Presidenta

02 Cuentas anuales simplificadas 2019

03. Memoria de Actividades 2019_Mod Oficial

Estatutos Vigentes